Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0053/2020-RCA
Fecha: 02-Mar-2020
Fragmento 2
Solicita se conceda la tutela impetrada, debiendo la autoridad jurisdiccional demandada dar respuesta a los incidentes de 12, 20 y 27 de septiembre y 21 de noviembre de 2019; y que en consecuencia se ordene que el “…Juez (…) resuelva los incidentes señalados y en consecuencia no se emita ninguna audiencia de subasta pública y remate en tanto no se resuelva lo referido…” (sic).
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- Fragmento 2
- a)
- improcedencia
- i)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- II.3. Análisis del caso concreto
- ha provocado indefensión a mi persona
- CONFIRMAR