AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2020-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0055/2020-CA

Fecha: 11-Mar-2020

procederá en el marco de un proceso

Por su parte, el art. 73.2 del mismo cuerpo normativo, prevé que la: “Acción de Inconstitucionalidad de carácter concreto, que procederá en el marco de un proceso judicial o administrativo cuya decisión dependa de la constitucionalidad de leyes, estatutos autonómicos, cartas orgánicas, decretos, ordenanzas y todo género de resoluciones no judiciales” (las negrillas son nuestras).

De igual forma el art. 81.I del indicado Código, determina que: “La Acción de Inconstitucionalidad Concreta podrá ser presentada por una sola vez en cualquier estado de la tramitación del proceso judicial o administrativo, aún en recurso de casación y jerárquico, antes de la ejecutoria de Sentencia”.