AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0056/2020-RCA

Fecha: 02-Mar-2020

improcedencia

La Sala Constitucional Segunda del departamento de Tarija, por Resolución 032/2020 de 5 de febrero, cursante de fs. 157 a 160, determinó la improcedencia de la acción de amparo constitucional, por incumplimiento del principio de subsidiariedad, fundamentando que: a) La acción de defensa fue interpuesta directamente, sin tomar en cuenta que previamente debe de agotarse la vía administrativa, debiendo la impetrante de tutela haber utilizado los medios de defensa que la Ley de Procedimiento Administrativo establece cuando una disposición o actuación administrativa vulnera los derechos y garantías constitucionales, considerando que además la accionante cuenta con la vía ordinaria expedita para garantizar el ejercicio de sus derechos y garantías constitucionales, con carácter previo a interponer la acción tutelar; y, b) Si bien la solicitante de tutela indica que al tratarse de un grupo vulnerable que requiere de atención prioritaria, ello no significa que no deba cumplir un requisito formal estipulado en el art. 54 del Código de Procedimiento Constitucional (CPCo) referido a la subsidiariedad.