AUTO CONSTITUCIONAL 0065/2020-RCA
Fecha: 13-Mar-2020
1)
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia: 1) Se deje sin efecto la Resolución 49/2019, disponiendo que la Jueza demandada dicte nueva resolución resolviendo el fondo del incidente de nulidad por indefensión absoluta contra Sentencia aparente, la cual deberá ser debidamente fundamentada; 2) Se ordene como medida provisional la suspensión de emisión y/o ejecución de mandamiento de apremio por asistencia familiar hasta que el Tribunal Constitucional Plurinacional resuelva definitivamente la demanda de acción de amparo constitucional; y, 3) Se conceda tutela real y efectiva sobre derechos fundamentales de las mujeres a vivir con dignidad, libre de violencia y discriminación con directa incidencia en la protección del interés superior de sus hijas y a los demás derechos considerados vulnerados.
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- a)
- I.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2. Sobre el carácter subsidiario de la acción de amparo constitucional
- siempre que el ordenamiento jurídico ordinario no prevea un medio idóneo y expedito para reparar la lesión producida
- a) cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y b) cuando no se utilizó un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico;
- II.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR