AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2020-RCA

Fecha: 17-Mar-2020

I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN

Por memoriales interpuestos el 6 y 14 de febrero de 2020, cursantes de fs. 25 a 38; y, 41 a 42 vta., respectivamente, el accionante manifiesta que el 6 de agosto de 2018, a denuncia de Celida Figueroa Peña, se inició un proceso penal en su contra por la presunta  comisión de los delitos de violación y lesiones graves y leves, proceso dentro del cual fue imputado formalmente y transcurrido el plazo de la etapa preparatoria, el Ministerio Público presentó acusación formal por dichos ilícitos penales.

Alega que, en mérito a la referida acusación fiscal y debido a que la víctima no formuló querella ni acusación particular al haber desistido de la acción penal y del derecho a proseguir con la misma, fue notificado para que en el plazo de diez días adjunte pruebas de descargo; en tal razón, por memorial de 18 de abril de 2019, propuso como pruebas, una pericia en genética forense a realizarse por German Melean Gumiel, especialista en genética forense y Director del Centro Molecular - Especialistas en ADN y una pericia médico forense, planteando como perito a Fernando Márquez Delgadillo, como ex Director Nacional del Instituto de Investigaciones Forenses (IDIF), las cuales fueron rechazadas mediante Auto Interlocutorio de 24 de abril del señalado año, sin una fundamentación necesaria; por lo que, planteó recurso de apelación incidental que fue declarado improcedente por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Auto de Vista 129 de 6 de junio de 2019, el cual resulta arbitrario al pronunciarse en franca violación de sus derechos y garantías, impidiéndole defenderse en igualdad de condiciones ante la acusación del Ministerio Público, al negarle todas las pericias solicitadas para su juicio oral, público, continuo y contradictorio.