Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0078/2020-RCA
Fecha: 17-Mar-2020
I.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, disponiendo se deje sin efecto el Auto de Vista 129, dictado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, y en consecuencia se ordene a las autoridades demandadas dicten un nuevo fallo debidamente fundamentado, motivado, congruente y razonable, en el cual se resuelva todos los agravios expuestos en el recurso de apelación interpuesto y se acepte las pruebas periciales propuestas, respetando sus derechos y garantías.
- Fragmento 1
- I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.3. Petitorio
- a)
- por no presentada
- 1)
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- dispondrá su subsanación en el plazo de tres días a partir de su notificación, en caso de que se haya cumplido el plazo y la observación efectuada no sea subsanada, se tendrá por no presentada la acción
- en relación a la identificación de terceros interesados, cabe aclarar que este requisito de admisión no es obligatorio en todos los casos, pues responde a la particularidad de cada caso
- Fragmento 11