SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2020-S2
Fecha: 05-Mar-2020
Fragmento 12
Del análisis de la documental adjunta a la presente acción tutelar, se tiene que Nancy Virginia Orellana Chuquimia de Arroyo -hoy accionante-, mediante escrito presentado el 15 de mayo de 2018, ante el entonces Juez de Instrucción Penal Quinto de la Capital del departamento de Oruro, interpuso excepción de incompetencia por razón de la materia, dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión de los delitos de estafa y estelionato; misma que fue declarada probada por Auto Interlocutorio Motivado 475/2018 de 28 de junio, dictado por el Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Orinoca -en suplencia legal del Juzgado de Instrucción Penal Quinto de la Capital- del aludido departamento, disponiendo el archivo de obrados; determinación que luego fue apelada y concedida por Auto de 1 de octubre de igual año, ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, estableciendo para el efecto se eleven fotocopias legalizadas.