SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2020-S2

Fecha: 05-Mar-2020

III.2.  La s

Ahora bien, de acuerdo a lo precisado en el Fundamento Jurídico III.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, para que pueda conocerse las vulneraciones al debido proceso mediante la presente acción, éstas tienen que afectar directamente al derecho a la libertad; es decir, ser la causa directa que origine la restricción o supresión a este último derecho, lo que en el caso concreto no acontece, ya que la imposición de la detención preventiva, resulta ser un acontecimiento incierto, debido a que será la autoridad judicial quien previo análisis, de los riesgos procesales, disponga o no su procedencia; además que la sola solicitud de detención preventiva, consignada en la Resolución de Imputación Formal, no puede ser asumida como un acto por el que ponga en riesgo inminente al derecho a la libertad y que por cuya razón deba ingresarse a conocer cualquier lesión al debido proceso por este medio de defensa constitucional (el subrayado fue añadido).