SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Beni, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 13 de agosto 2019, cursante de fs. 19 a 21, denegó la tutela impetrada; en base a los siguientes fundamentos: 1) El proceso penal fue iniciado de oficio por el Ministerio Público y puesto en conocimiento el inicio de investigaciones ante el Juzgado de Instrucción Anticorrupción y Lucha Contra la Violencia Primero del mismo departamento, que fue admitido el 30 de julio de 2019; razón por la que a partir de ese momento la causa ya se encontraba bajo control jurisdiccional, motivo por el cual las partes procesales ante la existencia de vulneraciones a sus derechos y garantías constitucionales podían recurrir a dicha autoridad e interponer sus denuncias; aspecto que fue inobservado por el accionante, quién activo directamente la vía constitucional, correspondiendo la aplicación de la excepción al principio de subsidiariedad de acuerdo a la SCP 142/2018 de 23 de abril; y, 2) Con relación al doble juzgamiento, de la misma forma bien pudo acudir ante la autoridad jurisdiccional y hacer valer su pretensión, vía reposición del proveído de 9 de agosto de 2019, y de subsistir la vulneración activar los mecanismos de impugnación establecidos por ley, no siendo la acción de libertad el escenario para reparar lo alegado por el accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- proteger a los ciudadanos de posibles abusos de las autoridades, que se originen en actuaciones u omisiones procesales o en decisiones que dichas autoridades adopten y de las cuales emerja la lesión a sus derechos y garantías, como elementos del debido proceso’”
- indebido procesamiento
- procesamiento
- III.2. Análisis en el caso concreto
- a)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR