Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0011/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
primer presupuesto
En ese sentido, respecto al primer presupuesto, se advierte que la presunta lesión al debido proceso denunciada a través de la presente acción tutelar, traducida en la denegatoria de las copias requeridas, así como el desconocimiento del art. 45 del CPP ante la existencia de doble juzgamiento, no se encuentran directamente vinculadas con su derecho a la libertad; máxime, cuando el accionante no se encuentra privado de dicho derecho.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- proteger a los ciudadanos de posibles abusos de las autoridades, que se originen en actuaciones u omisiones procesales o en decisiones que dichas autoridades adopten y de las cuales emerja la lesión a sus derechos y garantías, como elementos del debido proceso’”
- indebido procesamiento
- procesamiento
- III.2. Análisis en el caso concreto
- a)
- primer presupuesto
- segundo presupuesto
- CONFIRMAR