SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
denegó
El Tribunal de Sentencia Séptimo del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 40/2019 de 22 de agosto, cursante de fs. 613 a 615 vta., denegó la tutela solicitada; en base a los siguientes fundamentos: i) El procesamiento indebido tiene otro mecanismo para poder activar la acción de libertad; es decir que, el imputado debería estar con un mandamiento de aprehensión o encontrarse en absoluto estado de indefensión; y, de acuerdo a los antecedentes, no concurren dichos supuestos; y, ii) El recurso de reposición resuelto, no admite recurso ulterior; y al no ser apelable, no existe afectación alguna a los derechos de impugnación y libertad; razón por la cual no se ingresa al análisis de fondo de la problemática planteada.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto respecta propiamente a la tutela al debido proceso a través de esta acción tutelar, el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- III.2.
- CONFIRMAR