Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante sostiene que se vulneró sus derechos a la libertad y debido proceso; toda vez que, la Jueza de Instrucción Penal y Contra la Violencia Hacia la Mujer Segunda del departamento de Santa Cruz –ahora demandada–, no dio lugar al recurso de reposición interpuesto contra la resolución que señaló de oficio audiencia de medidas cautelares y en consecuencia incumple con lo dispuesto el Auto Interlocutorio 44/2013, que determinó anular obrados hasta el vicio más antiguo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- En cuanto respecta propiamente a la tutela al debido proceso a través de esta acción tutelar, el Tribunal Constitucional señaló de manera reiterada y uniforme que dicha protección abarca únicamente aquellos supuestos en los que se encuentra directamente vinculado al derecho a la libertad personal y de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión
- III.2.
- CONFIRMAR