Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0022/2020-S4
Fecha: 05-Mar-2020
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela impetrada, y se determine dejar sin efecto el Auto Interlocutorio 250/2019 de 31 de julio, dictada por la Jueza ahora demandada, disponiendo que señale día y hora de audiencia para la consideración de la solicitud de revocatoria de las medidas sustitutivas donde todas las partes puedan ser oídas y ofrecer prueba que consideren pertinente.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1.
- sino para que no se pierda la esencia misma de ser una acción heroica, a través de la acción de libertad, hay aspectos que se deben tener en cuenta, como la existencia de otras vías o medios para hacer prevalecer el derecho considerado vulnerado, y ante la existencia de los mismos, de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de aguardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones
- III.2.
- REVOCAR