SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2020-S3
Fecha: 12-Mar-2020
II.7.
II.7. A través de la Resolución FDLP/WEAL/R 76/2018 de 21 de noviembre, William Eduard Alave Laura, Fiscal Departamental de La Paz -ahora demandado-, ratificó la Resolución de rechazo 2605/2018, argumentando al punto “1.”: “…del resultado de la investigación preliminar, se pudo llegar a determinar que, la víctima (…) sufrió lesiones en su humanidad conforme el Certificado Médico Forense; empero, no cursa antecedentes sobre el posible aborto a consecuencia de la agresión haya interrumpido el embarazo o expulsión prematura…” (sic); en el punto “2.”, refirió: “…no se advierte la afluencia de un actuar alevoso y con ensañamiento (…) y que el mismo haya sido ocasionado con la finalidad ya proveída por el agente de causar muerte al feto en vientre de la denunciante víctima o neonato, limite volitivo diferenciador del tipo penal de Aborto en grado de Tentativa respecto al del Asesinato…” (sic); y, en el punto “3.” indicó: “Respecto al memorial de objeción que refiere que no se ha valorado y que faltan actuado pendiente de realizar; no es menos cierto que, de los antecedentes del cuaderno de investigación, se aportó con elementos que se puede advertir posibles hechos de agresiones física entre las partes del cual resultarían las Lesiones Graves y Leves; empero, la insuficiencia de elementos idóneos que permitan establecer la existencia de manera objetiva que los sindicados incurrieron en el delito de Aborto en grado de Tentativa; más aún, cuando la presente investigación fue reaperturada y desarrollada a la calificación provisoria del tipo penal…” (sic [fs. 367 a 370]).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada o lo que es lo mismo, debidamente fundamentada
- Los fiscales formularán sus requerimientos y resoluciones de manera fundamentada y específica
- Fragmento 13
- III.2.
- Fragmento 15
- REVOCAR en parte
- 2º Dejar