Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0031/2020-S1
Fecha: 17-Mar-2020
Fragmento 4
El Tribunal Constitucional a través de la SC 0044/2010-R de 20 de abril, haciendo referencia al hábeas corpus restringido, instructivo y traslativo o de pronto despacho, precisó que a través de este último “…lo que se busca es acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad”.
- Mijhail Yerson Camacho Cáceres
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- 1)
- Fragmento 4
- Fragmento 5
- III.2.
- sólo con la prueba aportada por el accionante,
- cuando el sujeto pasivo es un funcionario público, éste tiene la obligación de presentar informe escrito o en su defecto concurrir a la audiencia a fin de desvirtuar los hechos o actos denunciados como lesivos a los derechos del accionante, pues de no hacerlo se presume la veracidad de los mismos
- lleva implícito el principio de inversión de la prueba cuando la prueba que acredite o desvirtúe los hechos denunciados se encuentre en poder del sujeto pasivo de la acción de libertad máxime si este es un servidor público y por tanto cuenta con el deber jurídico de respaldar y explicar sus actos y no lo hace pese a su legal citación con la demanda de acción de libertad
- principio pro hómine
- interpretación conforme a los principios constitucionales
- CONCEDER