SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2020-S4

Fecha: 13-Mar-2020

1)

La parte accionante, ratificó el tenor íntegro del memorial de acción de libertad, y ampliándolo en audiencia, señaló lo siguiente: 1) La presente acción tutelar, está dirigida contra Lizeth Paola Flores Alborta, en ese momento Fiscal de Materia, siendo su reemplazo Orlando Aramayo Chávez, citado en calidad de tercero interesado y no como demandado; 2) Los informes psicológicos que corre en el expediente del citado proceso penal y de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Caranavi y Rurranabaque, demuestran los maltratos de Claudia Santusa Condori Layme, madre de los accionantes, que no fueron valorados por la autoridad fiscal demandada; 3) Si bien las medidas de protección ya se encuentran homologadas por la autoridad jurisdiccional, desde el 11 de julio de 2019, las mismas solo alcanzan a los menores AA y CC, excluyéndose de las mismas a BB y DD; 4) Tampoco ha sido valorada la SCP 0023/2019-S2 de 15 de marzo, en la cual se evidencia que, Claudia Santusa Condori Layme, ha incumplido sus deberes y obligaciones de velar por la salud e integridad física de sus hijos, establecido en el Código Niña, Niño y Adolescente (CNNA); y, 5) Por determinación de la SCP 0320/2016 de 1 de abril, la acción de libertad de pronto despacho, se activa con la finalidad de acelerar los trámites procesales vinculados con el derecho a la vida y la SCP 0019/2018-S2 de 28 de febrero, dispuso que es posible la tutela de derechos conexos con el derecho a la vida.

           Bajo ese entendimiento, la acción de libertad, tiene por objeto tutelar los derechos: 1) A la vida, cuando la misma fuese puesto en peligro; 2) A la libertad personal y de locomoción; 3) Al debido proceso, vinculado a la restricción del derecho a la libertad; y, 4) A la salud e integridad física vinculada a la amenaza objetiva al derecho a la vida.