Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2020-S4
Fecha: 13-Mar-2020
II.2.
II.2. En dicho verificativo, la responsable de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia de Beni, señaló en relación a BB y DD, que: “existe una resolución de un Juez, conforme lo establece el art. 57 del CNNA, que la guarda legal es una institución jurídica que tiene el objeto del cuidado y protección y también se debe mencionar que la guarda legal se da cuando se cumple los requisitos para esta, en la cual se hace estudios biopsicosociales” (sic.) (fs. 60 a 63).
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- su vida está en peligro
- a la vida, integridad física
- cuando se encuentre en peligro por una amenaza cierta o requiera la adopción de medidas administrativas o judiciales para evitar daños irreparables
- La acción de libertad tiene por objeto determinar si la vida de una persona está en peligro
- la acción de libertad como un medio para la defensa del derecho a la vida, cuando éste estuviere en peligro
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR