SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0055/2020-s3
Fecha: 12-Mar-2020
a)
Solicita se le conceda la tutela impetrada, consiguientemente: a) Se ordene su libertad; b) Se condene al pago de costas y multa a las autoridades y funcionario de apoyo jurisdiccional demandados, por no ser excusables sus actos, además por haberle causado grave perjuicio; y, c) Se remita antecedentes al Ministerio Público y ante el “Juez disciplinario” para su correspondiente procesamiento.
El impetrante de tutela a través de su representante sin mandato, denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la defensa, así como el principio de celeridad, por cuanto las autoridades demandadas, dentro del proceso penal seguido en su contra: a) Hasta el momento de presentación de esta acción tutelar omitieron remitir ante el Tribunal de Alzada la apelación incidental que interpuso contra el Auto de 17 de abril de 2019, que declaró infundada la excepción de extinción de la acción penal por duración máxima del proceso planteada de su parte; b) No le notificaron con la acusación formal presentada por el Ministerio Público ni con su radicatoria, tampoco señalaron audiencia de juicio oral, dejándolo en indefensión; y, c) Sin que medie acuerdo alguno entre el Ministerio Público y su persona, en cuatro oportunidades programaron audiencias de consideración de procedimiento abreviado, induciéndole a incurrir en error al encontrarse privado de su libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección respecto al procesamiento ilegal o indebido
- a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad
- i)
- III.3. Otras consideraciones
- CONFIRMAR
- 2º Exhortar