Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0068/2020-S3
Fecha: 16-Mar-2020
Fragmento 4
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a los principios de seguridad jurídica y celeridad; citando al efecto los arts. 8, 22, 23.I, 115, 116 y 117.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8, 24 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 7, 10, 11.1 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- Fragmento 4
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- i)
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- Fragmento 8
- Fragmento 9
- denegó
- Fragmento 11
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- Fragmento 17
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.2.
- CONFIRMAR