SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0072/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

a)

Solicitó se conceda la tutela, disponiendo: a) Dejar sin efecto legal alguno el Auto de Vista impugnado; y, b) Ordenar a los Vocales demandados dicten uno nuevo motivado, congruente y razonable, respetando sus derechos y garantías, resolviendo todos los agravios señalados en su recurso de apelación.

a)  Lesión del debido proceso en sus componentes de fundamentación, motivación y valoración de la prueba, porque la Resolución 921/17, no respondió ni valoró razonablemente cada una de las pruebas ofrecidas y producidas en audiencia de 1 de diciembre de 2017, respecto a:    1) Las imputaciones fiscales por delitos de legitimación de ganancias ilícitas e intermediación financiera sin autorización o licencia; 2) El peritaje del IDIF que estableció el origen ilícito del dinero de Jessica Pérez Raldes -tercera interesada-; 3) La acusación formal contra José Luis Torres; 4) El informe de la ASFI que determinó la ilegitimidad de los fondos dados en préstamo y como operaba la organización; y,    5) El origen ilícito del dinero otorgado en préstamo;

a)  Considerando que el solicitante de tutela argumentó que el proceso coactivo civil no es idóneo para sustanciar el cumplimiento de la obligación pecuniaria, porque el origen del dinero de la acreedora es ilícito, que proviene de la comisión del delito de corrupción o vinculados y que sería competente el juez penal, “…de dichos argumentos, se deduce que no resultan correctos para enervar la eficacia del título coactivo, porque no existe sentencia condenatoria firme que avale la pretensión del coactivado” (sic);