Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0073/2020-S3
Fecha: 16-Mar-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido en contra de Norma Dayana Sempértegui Scherrif -hoy accionante- por la presunta comisión del delito de estafa, el 30 de agosto de 2019, la prenombrada presentó memorial ante el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba, solicitando señalamiento de hora y fecha de audiencia para la consideración de la cesación de la detención preventiva, pretensión efectuada al amparo del art. 239.1 del CPP (fs. 58).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- III.1. Situaciones excepcionales en las que a través de la acción de libertad, no es posible ingresar al análisis de fondo de la problemática denunciada
- Si impugnada la resolución la misma es confirmada en apelación; empero, en lugar de activar inmediatamente la acción libertad, decide voluntariamente, realizar una nueva petición ante la autoridad ordinaria, tendiente a un nuevo análisis y reconsideración de su situación jurídica, sea mediante una solicitud de modificación, sustitución, cesación de detención preventiva, etc., y la misma está en trámite, en esos casos, ya no es posible acudir a la jurisdicción constitucional impugnando la primera o anterior resolución judicial,
- CONFIRMAR