SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0080/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL Plurinacional 0080/2020-S2

Fecha: 17-Mar-2020

1)

El accionante ratificó in extenso los términos expuestos en su demanda tutelar, señalando que el predio pertenecía a su abuela; y, en audiencia solicitó que se reproduzcan los dos discos compactos adheridos en calidad de prueba, siendo así que de la reproducción de los mismos, evidenciaron los siguientes hechos: 1) En el video número uno del primer disco compacto se vio una multitud en una manifestación gritando “queremos trabajo”; en el segundo video, afirman que se vería a la persona identificada como Edith Delgadillo Terceros hablando con funcionarios policiales manifestando que habrían ingresado a dialogar con las personas que estaban en el interior y que esperan poder conversar con su abogado ellos para conocer el estado del litigio, y que nadie podría mantenerse en el lugar mientras el mismo no se solucione; en el tercer y cuarto video señalaron reconocer a un grupo de vecinos pidiendo que salgan a los que están adentro porque existe un pleito sobre los terrenos, también se hace constar que estaban los referidos funcionarios precautelando el orden; en el sexto, séptimo, octavo y noveno video refirieron haber identificado a los demandados, se continuó observando la intervención policial, mismos que se encontraban conversando con la gente para poder ingresar al inmueble; manifiestan que el décimo video “no abre”; en el décimo primer, duodécimo y décimo tercer video afirman que se vería a Edith Delgadillo Terceros hablando con la gente señalando que se habría llegado a un compromiso para no agredir a las personas que estaban dentro, y que van a sacar sus cosas, así también se vió a su abogado Carlos Almendro, dando una conferencia de prensa manifestando que existe un conflicto judicial y una orden de no innovar; por lo que, esos predios no pueden ser tocados hasta que se resuelva el juicio que radica en el Juzgado Público Mixto Primero de la Estación Policial Integral del Sur (EPI SUR), y que es un problema entre las familias Zambrana y Escalera Ochani, por lo tal nadie podría haber acudido a una vía de hecho, y también se vieron a un grupo de personas sentadas en unas sillas en la calle; 2) En el primer, tercer y cuarto video del segundo disco compacto, observaron a funcionarios policiales, a su abogado y a los vecinos del lugar y como se apaga una fogata; en el quinto, sexto, séptimo, octavo y noveno video se podría identificar a referidos convocando a un marcha de protesta a la Alcaldía en fecha 18 de junio, asimismo se observa a Alexis Choque Guzmán informando sobre las averiguaciones efectuadas en la Alcaldía, a una fogata, vecinos y funcionarios policiales al exterior de la puerta de garaje, con el letrero “Propiedad OTB Nuevo Amanecer”; desde el décimo al décimo octavo video, se observó a personas apagando el fuego, además de gente en el exterior junto a funcionarios policiales, así también se vio a Ramiro Chambi realizando la soldadura de la puerta, a otro vecino picoteando la puerta y a varios colindantes convocando a una marcha con rumbo a la Alcaldía; y, 3) En los videos así como en las notas de prensa presentadas, se estableció la existencia del hecho; toda vez que, se abrieron las puertas con sogas y violencia, además de impedir el acceso a su inmueble habiendo restringido así el derecho a la vivienda; por lo que, con la prueba presentada solicitó no desconocer el domicilio del accionante y se tutele la acción conforme al art. 19 de la CPE.