SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2020-S3
Fecha: 16-Mar-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido en contra de Marco Estenssoro Cisneros -hoy peticionante de tutela- por la presunta comisión del delito de falsedad material y otros, la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto de Vista de 20 de febrero de 2019, declarando admisible y procedente el recurso de apelación incidental interpuesta por el prenombrado y otro; y en consecuencia, revocó el Auto Interlocutorio 03/2017 disponiendo la nulidad de imputación formal debiendo el Ministerio Público dictar nueva resolución conclusiva de la etapa preliminar en cualquiera de las formas previstas por el art. 301 del CPP, “Asimismo se dejan sin efecto todas las medidas cautelares y reales que se hubieran adoptado en contra de los imputados como emergencia de la imputación formal de 20 de septiembre de 2016” (sic [fs. 3 a 6]).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- La ausencia de una fundamentación mínima al respecto constituye una flagrante transgresión a mi Derecho a la Defensa y la Garantía del debido proceso,
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Presupuestos de activación de la acción de libertad
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR