SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0083/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

La ausencia de una fundamentación mínima al       respecto constituye una flagrante transgresión a mi Derecho a la   Defensa y la Garantía del debido proceso,

No obstante existir tales determinaciones, la Jueza hoy demandada incurre en negligencia y evidente retardación de justicia denotando un posible interés de mantenerlo sometido al proceso sin procurar tramitar la causa en el plazo     señalado por ley; “La ausencia de una fundamentación mínima al       respecto constituye una flagrante transgresión a mi Derecho a la   Defensa y la Garantía del debido proceso, vulnerando los artículos 73 (ACTUACIONES FUNDAMENTADAS) y 124 (FUNDAMENTACIÓN) del CPP, lo cual constituye un Defecto Absoluto no susceptible de convalidación (Art. 169 num. 3)   del CPP)” (sic).

Asimismo, la actuación de la prenombrada autoridad vulnera el debido proceso y el derecho a la defensa que “…permiten a los justiciables someterse a la     consideración de un órgano jurisdiccional en igualdad de condiciones a espera de una resolución definitiva (…) es por ello que la conducta de la autoridad     demandada resulta inadmisible en un Estado de Derecho…” (sic).