SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

a)

Solicitan se conceda la tutela, y en consecuencia: a) Se deje sin efecto el Auto de 26 de agosto de 2019, dictado por la Jueza ahora demandada; b) Se disponga el perdón judicial a su favor; y, c) Dejar sin efecto la orden de captura emitida en su contra por el Juez de Ejecución Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz.

  …para que la garantía de la libertad personal o de locomoción pueda ejercerse mediante el recurso de hábeas corpus cuando se denuncia procesamiento ilegal o indebido deben presentarse, en forma concurrente, los siguientes presupuestos: a) el acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión; b) debe existir absoluto estado de indefensión, es decir, que el recurrente no tuvo la oportunidad de impugnar los supuestos actos lesivos dentro del proceso y que recién tuvo conocimiento del mismo al momento de la persecución o la privación de la libertad’” » (las negrillas nos corresponden).

  Conforme se tiene de la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, la protección otorgada por la acción de libertad cuando se denuncian lesiones al debido proceso, no abarca a todas las formas en que puede ser vulnerado, quedando reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción, en consecuencia, esta acción tutelar procede cuando de manera concurrente se cumplen con dos presupuestos, los cuales son: a) El acto lesivo, entendido como los actos ilegales, las omisiones indebidas o las amenazas de la autoridad pública, denunciados, deben estar vinculados con la libertad, por operar como causa directa para su restricción o supresión; y, b) Debe existir absoluto estado de indefensión.