SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0132/2020-S3
Fecha: 16-Mar-2020
II.2.
II.2. Consta Auto 58 de 22 de agosto de 2019, por el que Pabla Paola Sandoval Pizarro y Anibal Ugarteche Barrancos, Jueces Técnicos del Tribunal de Sentencia Penal Décimo de la Capital del departamento de Santa Cruz -ahora accionados-, verificaron la documentación presentada por el accionante, que acredita el derecho propietario de Víctor Hugo Moreno Rojas respecto a dos inmuebles, quien mediante Testimonio 188/2019 de 29 de junio, otorgó poder a Gabriela Silva Calvimontes para que constituya en calidad de fianza real esos bienes inmuebles. En virtud a ello, ordenaron: a) La caución de la fianza con la garantía real, así como la anotación preventiva de los referidos bienes inmuebles; y, b) Extender Testimonio a la Oficina de DD.RR. a efectos de proceder como corresponda (fs. 17 a 18 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- toda autoridad que conozca de una solicitud en la que se encuentre involucrado el derecho a la libertad física, tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables
- devenga de dilaciones indebidas
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR