SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0138/2020-S3

Fecha: 17-Mar-2020

denegó

La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución 83/2019 de 27 de junio, cursante de fs. 31 vta. a 36 vta., denegó la tutela solicitada, bajo los siguientes fundamentos: i) Los accionantes debieron cumplir con los presupuestos y requisitos señalados en la SCP 0029/2019-S4 de 1 de abril; ii) Con relación al primer requisito, señalar por qué la labor interpretativa impugnada resulta insuficientemente motivada, arbitraria e incongruente, así como la identificación de la interpretación que fue omitida por los Vocales ahora accionados, si se realizó una correcta aplicación de esos elementos al argumentar que la sola existencia de un contrato civil podría derivar en la incompetencia de la jurisdicción penal; aspecto que a criterio de los accionantes estaría alejado de los marcos de razonabilidad; iii) En cuanto al segundo requisito, que consiste en precisar los derechos y garantías que fueron lesionados con la interpretación, los accionantes cumplieron con esa precisión; y, iv) Sobre el tercer requisito, de establecer el nexo de causalidad entre la ausencia de motivación, arbitrariedad u otra situación por no aplicar la interpretación que consideraban que debía efectuarse, y si el resultado tiene o no relevancia constitucional, se tiene que los accionantes no cumplieron con ese punto; puesto que si bien expusieron los hechos que consideraban lesivos a los derechos invocados, no señalaron el nexo de causalidad mediante el cual esos hechos restringieron sus derechos; como tampoco indicaron cuál debió ser la interpretación de los Vocales hoy accionados; aspecto que impide ingresar a valorar la interpretación ordinaria.