AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2020-RCA
Fecha: 01-Jun-2020
, rigiendo para su interposición, los principios de inmediatez y subsidiariedad
Al respecto la SCP 0046/2012 de 26 de marzo, señala que: “Se constituye entonces en una de las acciones de defensa más amplia en cuanto al alcance de su ámbito de tutela y protección de derechos, rigiendo para su interposición, los principios de inmediatez y subsidiariedad, conforme lo establece el art. 129 de la Ley Fundamental; denotándose de la naturaleza de esta acción su objeto de protección y resguardo de derechos en el marco de los valores y principios ético-morales establecidos en la Constitución Política del Estado, contribuyendo desde la justicia constitucional a efectivizar y materializar esos valores y principios para una vida armoniosa, con equidad, igualdad de oportunidades y dignidad, entre otros valores, en los que se sustenta el Estado Plurinacional y que son parte de la sociedad plural” (las negrillas son agregadas).
- acción de amparo constitucional
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- improcedencia
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable
- , rigiendo para su interposición, los principios de inmediatez y subsidiariedad
- II.3. Análisis del caso concreto