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    AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2020-RCA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0086/2020-RCA

    Fecha: 01-Jun-2020

    podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable

    Asimismo, el art. 51 del CPCo, instituyó que esta acción tutelar tiene el “…objeto de garantizar los derechos de toda persona natural o jurídica, reconocidos por la Constitución Política del Estado y la Ley, contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de las y los servidores públicos o particulares que los restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir”.

    • acción de amparo constitucional
    • I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
    • I.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • improcedencia
    • II.1.  Marco normativo constitucional y legal
    • podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable
    • , rigiendo para su interposición, los principios de inmediatez y subsidiariedad
    • II.3.  Análisis del caso concreto

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