Finalmente, sobre el tercer agravio, correspondiente a la falta de valoración de la prueba
Finalmente, sobre el tercer agravio, correspondiente a la falta de valoración de la prueba con relación al derecho al acceso a la justicia y al principio de verdad material, los accionantes no demostraron que las Magistradas ahora accionadas incurrieron en falta de valoración de la prueba a tiempo de resolver el recurso de casación en el fondo y en la forma, más aún cuando dispusieron la improcedencia de la demanda reconvencional de acción de reivindicación sin fundamentación ni motivación; puesto que de conformidad con la SCP 0347/2018-S1 de 23 de julio, que cito a la SCP 1215/2012 de 6 de septiembre: “‘…por regla general la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba, por ser una atribución conferida privativa y exclusivamente a las autoridades jurisdiccionales o administrativas…’” (las negrillas nos pertenecen). Los accionantes no precisaron qué pruebas en concreto, ni demostraron de qué manera las Magistradas hoy accionadas se hubieran apartado de los marcos legales de razonabilidad y equidad, como tampoco refirieron claramente su omisión y que con ello se hubiera causado la vulneración de sus derechos fundamentales. De igual manera, no manifestaron cuál la forma correcta de valorarlas para dar lugar a que este Tribunal, excepcionalmente, pueda ingresar a verificar si la valoración de la prueba lesionó sus derechos fundamentales dejándolos en estado de indefensión por ausencia de razonabilidad; por lo que no se evidencia relevancia constitucional en ese punto. Menos se demostró que exista relación con el derecho al acceso a la justicia y el principio de verdad material, por constituir una simple mención. En efecto, correspondía denegar la tutela solicitada.
- a)
- Respecto al alegado incumplimiento de emitir una resolución debidamente fundamentada y motivada
- CONSIDERANDO
- Sobre la incorrecta apreciación de los hechos y actividad jurisdiccional efectuada por las autoridades judiciales accionadas
- Fragmento 5
- respecto al primer agravio, relativo a la falta de fundamentación y motivación
- En cuanto al segundo agravio, relacionado a la falta de congruencia
- Finalmente, sobre el tercer agravio, correspondiente a la falta de valoración de la prueba
