En revisión la Resolución 2/19 de 1 de marzo de 2019, cursante de fs. 51 a 53, pronunciada dentro de la
Fecha: 22-Jul-2020
I.2.1. Ratificación de la acción
El accionante a través de abogado ratificó la acción tutelar planteada y agregó que su defendido, Fernando Suárez Paz, el 13 de febrero de 2019 solicitó el oficio para que se elabore el mandamiento de desarraigo; toda vez que, fue imputado el 13 de abril de 2003, y el 28 de mayo del mismo año fue sobreseído; asimismo, pidió el desarchivo del expediente. Los Jueces codemandados providenciaron que su solicitud sería ordenada oportunamente si correspondía, y al otrosí, que por secretaría se oficie a la encargada de archivo para que remita el expediente a ese Tribunal en el plazo de setenta y dos horas, para lo que se emitió el oficio 3/2019 de 18 de febrero. Empero, al no cumplirse esa orden, el 28 de “enero” de 2019 solicitó nuevamente que se conmine a archivo para que remita el cuaderno procesal, habiendo la codemandada, enviado el expediente el 27 de febrero del citado año, recibiéndolo en plataforma el funcionario a horas 17:00 de ese mismo día, luego de tanto peregrinar en las oficinas de archivo.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación de la acción
- retirando la acción de libertad contra Yesenia Alejandra Alcázar Gonzáles,
- DENEGÓ
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1)
- reparador
- restringido
- tiene el deber de tramitarla con la mayor celeridad posible, o cuando menos dentro de los plazos razonables, pues de no hacerlo, podría provocar una restricción indebida del citado derecho
- III
- III.3.
- la única oportunidad procesal para desistir o retirar
- a)
- b)
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- 2º Disponer
- MAGISTRADA
- instructivo)
- vida está en peligro.
- corpus traslativo o de pronto despacho
- ,