SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2020-S1

Fecha: 20-Jul-2020

corresponde al acusador o víctima demostrar

Sobre estas circunstancias, la jurisprudencia constitucional contenida en la SCP 0276/2018-S2 de 25 de junio, señaló que conforme a los principios del juicio oral corresponde al acusador o víctima demostrar la concurrencia de cualquiera de estos riesgos cuando solicitan la aplicación de la medida cautelar de detención preventiva, es decir, corresponde al acusador en audiencia explicar cuál es el riesgo procesal que se presenta y si es más de uno, deberá identificar cuáles son, así como las circunstancias de hecho de las que deriva y, finalmente, explicar porque la medida cautelar de detención preventiva que solicita permitiría contrarrestar el riesgo procesal.