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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2020-S4

    Fecha: 14-Jul-2020

    c)

    c)   Cuando el Juez o Tribunal –una vez analizados los descargos de la o el imputado que compareció-  emite una resolución argumentando que el rebelde no justificó su incomparecencia y por tanto quedan latentes los efectos de dicho instituto, corresponde a la jurisdicción constitucional verificar si la resolución judicial se encuentra en el marco del principio de razonabilidad.

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • sino para que no se pierda la esencia misma de ser una acción heroica, a través de la acción de libertad, hay aspectos que se deben tener en cuenta, como la existencia de otras vías o medios para hacer prevalecer el derecho considerado vulnerado, y ante la existencia de los mismos, de manera excepcional, no es posible ingresar al fondo de la acción de libertad, a objeto de aguardar el equilibrio y complementariedad entre ambas jurisdicciones”
    • III.2.  Naturaleza y alcance de la declaratoria de rebeldía
    • c)
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • “comparecencia”
    • CONFIRMAR

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