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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2020-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2020-S1

    Fecha: 21-Jul-2020

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    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • El trabajador podrá interponer acciones constitucionales que corresponda, tomando en cuenta la inmediatez de la protección el derecho constitucional de estabilidad laboral…”
    • concedió
    • TCP-SP-003/2020 de 18 de marzo
    • II.1.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
    • se conminará al empleador a la reincorporación inmediata
    • IV.
    • debe hacerse abstracción
    • ii)
    • iii)
    • mientras se suscite dicho aspecto, la conminatoria pronunciada debe ser ejecutada con la finalidad de resguardar los derechos constitucionales de los trabajadores
    • III.2.  Sobre el pago de salarios devengados dispuesto en la conminatoria de reincorporación
    • cuando se disponga el cumplimiento de una conminatoria, por parte de la jurisdicción constitucional, la misma debe ser entendida en el sentido que debe cumplirse la totalidad y no en una parte u otra, en observancia del parágrafo IV del art. 10 del DS 28699 incorporado por el DS 0495,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • Oscar Omar Aparicio Céspedes, Representante Legal del Arzobispado del señalado departamento
    • la primera: la Conminatoria
    • con carácter provisional entre tanto la judicatura laboral defina la situación laboral del accionante
    • disponen una única instancia

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