SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2020-S1

Fecha: 22-Jul-2020

d)

d) Posteriormente, se enteró que la audiencia de consideración de medida cautelar en su contra, fue señalada para el 11 de julio de 2019, razón por la que un día antes presentó memorial de justificación de ausencia haciendo conocer que no podría constituirse en la ciudad de Santa Cruz en la fecha precitada, debido a que tenía que acudir a otro actuado similar en representación de la Mutual de Servicios de la Policía (MUSERPOL); sin embargo, la Jueza ahora demandada no validó dichos argumentos y declaró su rebeldía mediante una Resolución que no le fue notificada de forma alguna, expidiendo el correspondiente mandamiento de aprehensión. Por la situación descrita, decidió purgar rebeldía para revocar la medida; no obstante, no fue notificado con aquella Resolución porque no se le permite ver el “cuaderno” a su abogado, aduciendo que no estaría debidamente apersonado, olvidando que en el último memorial aludido precedentemente, señaló como domicilio la oficina del profesional que ya fue individualizado en la imputación; por ser quien lo acompañó en su declaración informativa.