SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2020-S1

Fecha: 22-Jul-2020

III.6. Análisis del caso concreto

De los antecedentes cursantes en obrados, se tiene que el accionante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso, a la libertad, a la locomoción, a la defensa e igualdad de las partes, aduciendo que dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión de los delitos de estafa agravada y manipulación informática, no fue notificado con la denuncia, querella e inicio de investigaciones y tampoco se informó a la Jueza contralora de garantías el inicio de investigación sobre el segundo de los delitos antes mencionado; por lo que solicitó control jurisdiccional, sin que dicha autoridad restituya tales omisiones, quien luego de presentarse la imputación que no le fue notificada de forma personal, señaló audiencia de consideración de solicitud de medidas cautelares, actuado en el que declaró su rebeldía expidiendo el correspondiente mandamiento de aprehensión, eludiendo tomar en cuenta la justificación de su ausencia y menos el memorial en el que purga rebeldía e impidiendo a su abogado ver el cuaderno porque no estaría apersonado.