SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0119/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante a través de su representante denuncia la lesión de sus derechos al debido proceso vinculado a la defensa y a la tutela judicial efectiva; puesto que, en fase de preparación de juicio oral de la causa penal seguido en su contra, interpuso excepción de extinción de la acción por vencimiento del plazo máximo de duración del proceso; empero, por decreto de 13 de abril de 2019, las autoridades demandadas definieron la consideración de la misma para juicio oral; por lo que, presentó recurso de reposición que fue rechazado sin mayor argumento mediante decreto de 30 del mismo mes y año, consumando de esta forma la imposibilidad de análisis de su pedido que debió ser resuelto de forma previa a la instalación de esa etapa procesal y no así diferida para su desarrollo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Derecho a la tutela judicial efectiva: Alcance
- la garantía de la tutela jurisdiccional eficaz, entendida en el sentido más amplio, dentro del contexto constitucional referido, como el derecho que tiene toda persona de acudir ante un juez o tribunal competente e imparcial, para hacer valer sus derechos o pretensiones, sin dilaciones indebidas. A su vez, de ambas garantías se deriva el principio pro actione, que tiende a garantizar a toda persona el acceso a los recursos y medios impugnativos, desechando todo rigorismo o formalismo excesivo, que impida obtener un pronunciamiento judicial sobre las pretensiones o agravios invocados
- Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos
- III.2. El derecho a la defensa
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17
- CONFIRMAR