SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

el juez o tribunal tiene la obligación de resolver esa petición de manera inmediata, sin exigir que previamente se paguen las costas de la rebeldía, pues ese pago solo es exigible cuando la inasistencia que ocasionó la declaratoria de rebeldía no se justificó de ninguna manera

Ahora bien, a través del pedido de revocatoria de la declaratoria de rebeldía, el impetrante cuestiona  la resolución, entendiendo que su incomparecencia es justificada por causa grave y/o legítimo impedimento; así, la SCP 0266/2018-S2 de 25 de junio, estableció lo siguiente: “…cuando el imputado declarado rebelde se presenta en forma posterior ante la autoridad judicial, solicitando la revocatoria de la declaratoria de rebeldía justificando su inasistencia, el juez o tribunal tiene la obligación de resolver esa petición de manera inmediata, sin exigir que previamente se paguen las costas de la rebeldía, pues ese pago solo es exigible cuando la inasistencia que ocasionó la declaratoria de rebeldía no se justificó de ninguna manera”  (las negrillas son añadidas).