SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0130/2020-S4

Fecha: 17-Jul-2020

i)

Carmen Ticona Aranda, Jueza de Instrucción Penal Sexta del departamento de Cochabamba, a través de informe escrito de 25 de septiembre de 2019, cursante de fs. 15 a 16, señaló que: i) El 10 de septiembre del citado año, rechazó la petición formulada por la defensa del imputado y en dicha audiencia el mismo abogado anunció presentar por escrito apelación, lo que se tuvo presente tal cual consta en acta; ii) Por memorial presentado el 12 de igual mes y año, al amparo del art. 403 del CPP, el accionante formuló apelación incidental contra el Auto de 10 del indicado mes y año; iii) Por decreto de 16 de septiembre de 2019 y cumpliendo lo estatuido en el art. 405 del citado Código, se corrió traslado –la apelación aludida–, a las otras partes procesales para que en el plazo de tres días respondan la misma, disponiendo que con la respuesta o sin ella se remita ante la Sala Penal de turno del Tribunal Departamental de Justicia. En tal sentido, por decreto de 25 del mencionado mes y año, se dispuso se dé cumplimiento al proveído precitado; iv) Se cumplió con la previsión del art. 405 de la norma adjetiva penal, por lo que no existe dilación indebida como refiere el impetrante de tutela; y, v) Desde el mes de febrero de 2019 se encuentra ejerciendo suplencia de los Juzgados de Instrucción Penal Cuarto y Quinto del referido departamento, además que su despacho no cuenta con generador por encontrarse con baja médica.