SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0131/2020-S1

Fecha: 23-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 25 de marzo de 2019, se realizó la elección del Centro de Estudiantes de la Carrera de Ciencias Políticas y Gestión Pública de la UMSA, misma que se llevó a cabo bajo los parámetros del Reglamento Electoral Estudiantil de la señalada Universidad; en virtud a ello, en aplicación del art. 69 del mencionado Reglamento, el Comité Electoral emitió el Informe Final del Proceso Electoral Estudiantil de la Carrera de Ciencia Política y Gestión Publica de 28 de igual mes y año, el cual fue remitido al universitario Alvaro Quelali Calle, quien fungió como Primer Secretario Ejecutivo de la FUL, a objeto de la respectiva acreditación del frente ganador de las elecciones que recae en el frente “VANGUARDIA”.

El 28 de marzo de 2019, la autoridad demandada recibió el Informe del Comité Electoral citado en el párrafo precedente; empero, no se dio respuesta; por lo que, se reiteró la solicitud el 2, 8 y 16 de abril del mismo año; sin embargo, hasta la interposición de la presente acción tutelar no mereció respuesta alguna; en consecuencia, se vulneraron sus derechos a la petición y al debido proceso.