SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
denegó
El Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, por Resolución 22/2019 de 30 de septiembre, cursante de fs. 21 a 24, denegó la tutela solicitada, porque evidenció que la autoridad demandada mediante proveído de 30 de similar mes y año, de oficio ordenó las salidas judiciales para el 4 y 9 de octubre del citado año; con los siguientes fundamentos: a) Del cuaderno de control jurisdiccional se tiene que las peticiones de salidas judiciales fueron deferidas por decreto de 19 de septiembre de 2019, por el cual el Juez demandado determinó se oficie; mismo que no fue efectuado por la carga procesal del Juzgado y debido a que los imputados en ese proceso sobrepasan los cuarenta y cinco; por lo que, no se pudo viabilizar las conducciones referidas; sin embargo, por providencia de 30 de igual mes y año, se ordenó nuevamente la salida de conducción para el 4 y 9 de octubre del señalado año, para la atención médica en las ciudades de Santa Cruz de la Sierra y Nuestra Señora de La Paz, disponiendo se libre el oficio correspondiente, “…el cual fue recepcionado por la Dirección de Régimen Penitenciario según el accionante” (sic); y, b) Si bien la salida dispuesta mediante proveído de 19 de septiembre de 2019, no se efectivizó por las razones expuestas, que no son atribuibles a la autoridad demandada, se advirtió que este actuó de manera inmediata y diligente al autorizar de oficio una nueva salida médica para el impetrante de tutela, por lo que al no existir vulneración al derecho a la salud que pudiera poner en riesgo la vida del nombrado privado de libertad, no corresponde otorgar la tutela demandada.
- acción de libertad
- EPILEPSIA CON MUERTE SÚBITA, CONVULSIONES DE APARICIÓN LENTA, TRASTORNOS DEL SUEÑO , SINDROME CONSTRUCTIVO BRONQUIAL CRÓNICO , SÍNDROME ANSIOSO DEPRESIVO, TRASTORNO MENTAL ORGÁNICO
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe del demandado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- a)
- III.2. Los derechos a la salud y a la vida
- garantizar que estas condiciones se materialicen, puesto que dichas autoridades están en posición de garantes de su cumplimiento
- se busca acelerar los trámites judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR