Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0134/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
II.4.
II.4. Consta memorial de 18 del mencionado mes y año, por el cual el solicitante de tutela pidió salida judicial a la Clínica Neurocenter ubicada en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, para el 25 de igual mes y año (fs. 15 y vta.) y proveído de 19 del mismo mes y año, en el que el Juez demandado determinó “Por secretaria oficiese” (sic [fs. 16]).
- acción de libertad
- EPILEPSIA CON MUERTE SÚBITA, CONVULSIONES DE APARICIÓN LENTA, TRASTORNOS DEL SUEÑO , SINDROME CONSTRUCTIVO BRONQUIAL CRÓNICO , SÍNDROME ANSIOSO DEPRESIVO, TRASTORNO MENTAL ORGÁNICO
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe del demandado
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- a)
- III.2. Los derechos a la salud y a la vida
- garantizar que estas condiciones se materialicen, puesto que dichas autoridades están en posición de garantes de su cumplimiento
- se busca acelerar los trámites judiciales
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR