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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2020-S4

    Fecha: 17-Jul-2020

    I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

    La parte accionante señaló como lesionados sus derechos a la libertad, a la dignidad, a una respuesta pronta, “a la seguridad jurídica” y al debido proceso en sus vertientes fundamentación, motivación y congruencia, citando al efecto los arts. 22, 23, 24, 115, 178.1 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La improcedencia de activar una acción de libertad u otra acción de defensa, para solicitar el cumplimiento de una resolución pronunciada en una anterior acción de defensa
    • Es improcedente, a través de otra acción de amparo u otra acción de defensa, impugnar o cuestionar total o parcialmente decisiones o resoluciones de autoridades o personas particulares emergentes del cumplimiento -parcial, distorsionado o tardío- de las resoluciones constitucionales -incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III.2.
    • REVOCAR
    • REVOCAR en parte

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