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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0137/2020-S4

    Fecha: 17-Jul-2020

    II.3.

    II.3.  Por Auto de Vista 181/2019 de 13 de mayo, que fue emitido en virtud a la Resolución 64/2019 de 10 de abril, que dejó sin efecto el Auto de Vista 48/2019, los Vocales ahora demandados declararon la admisibilidad del recurso de apelación interpuesto por el solicitante de tutela, la improcedencia de los argumentos expuestos y confirmaron la Resolución 677/2018 (fs. 76 a 78 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • 1)
    • I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  La improcedencia de activar una acción de libertad u otra acción de defensa, para solicitar el cumplimiento de una resolución pronunciada en una anterior acción de defensa
    • Es improcedente, a través de otra acción de amparo u otra acción de defensa, impugnar o cuestionar total o parcialmente decisiones o resoluciones de autoridades o personas particulares emergentes del cumplimiento -parcial, distorsionado o tardío- de las resoluciones constitucionales -incluye a la decisión de los jueces o tribunales de garantías y la del Tribunal Constitucional Plurinacional
    • III.2.
    • REVOCAR
    • REVOCAR en parte

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