Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0143/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denuncia la lesión de sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la alimentación, a la salud y a la seguridad social; toda vez que, la Sala Plena del Consejo de la Magistratura, por intermedio del Director Nacional de RR.HH, procedió a agradecerle sus servicios, sin considerar que se encuentra en estado de embarazo, ni la inamovilidad laboral que goza, aspectos que no fueron atendidos, a pesar de haberse puesto en conocimiento del citado Director de RR.HH.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- Fragmento 4
- a)
- 1)
- concedió en parte
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Excepción al principio de subsidiariedad en la acción de amparo constitucional en supuestos de protección al derecho a la estabilidad o inamovilidad laboral reforzada de los padres hasta que la hija o el hijo cumpla un año de edad
- III.2. La transitoriedad de los cargos del Órgano Judicial
- más aun ante la constancia de que el Consejo de la Magistratura, ha otorgado los beneficios a la seguridad social y los otros derechos sociales previstos por ley a los hijos menores de un año del accionante’
- al ser los impetrantes de tutela servidores judiciales, sus funciones poseían un carácter transitorio, por lo que, la protección especial respecto a su inamovilidad laboral por causa de embarazo o porque el menor nacido no contaba con un año de edad, no les alcanzaba,
- III.4. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADO