SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0145/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso penal que sigue el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de violación, solicitó en reiteradas oportunidades la cesación a la detención preventiva mismas que fueron señaladas en contravención flagrante y “…sínica de la norma legal existente…” (sic). Resulta que en la etapa preparatoria de seis meses realizó varias peticiones con el fin antes mencionado, que de manera dolosa fueron dilatadas por la ahora Jueza demandada, prueba de ello es que el 24 de febrero de 2019, solicitó la cesación de la detención preventiva y en forma por demás ilegal fuera de los plazos establecidos, la Jueza señaló audiencia el 13 de marzo de igual año, pasadas dos semanas, actuando de igual modo ante las posteriores solicitudes a pesar de la denuncia realizada al Consejo de la Magistratura respecto a los términos incumplidos, situación que le fue contraproducente porque se siente víctima de retardación de justicia y con mayores violaciones a su derecho a la libertad.

El 19 de junio del mencionado año, nuevamente solicitó la cesación de la detención preventiva, fijando la autoridad demandada, audiencia para el 10 de julio de idéntica gestión; es decir, después de quince días de lo solicitado, lo peor es que se volvió a presentar similar petición el 21 de agosto de aludido año, recién para el 10 de septiembre de ese mismo año, después de un mes y diecinueve días, Resolución que vulneró sus derechos y garantías, y como si esto fuera poco su la misma se suspendió porque el acta de la última audiencia no había sido aún labrada y que existiendo apelación pendiente esta no fue remitida ante la Sala de turno de la ciudad de Cochabamba, pese al reclamo realizado sobre el efecto no suspensivo de las solicitudes de cesación de la detención preventiva.