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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2020-S4
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0148/2020-S4

    Fecha: 21-Jul-2020

    II.2.

    II.2.    A través de memorial de 31 de agosto de 2018, Tito Flores Poma, Salustio Quispe Gutiérrez y Edwin René Cortez Valverde –ahora terceros interesados–, objetaron la precitada Resolución, solicitando que la Máxima Autoridad Ejecutiva (MAE) del Ministerio Público del departamento de Oruro revoque la misma (fs. 8 a 13).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • toda decisión emitida dentro de un proceso penal que no implique cuestión de mero trámite sino que concierna al fondo de lo que se investiga debe ser necesariamente motivada
    • la jurisdicción constitucional está impedida de ingresar a valorar la prueba
    • la parte procesal que se considere agraviada con los resultados de la apreciación efectuada dentro de un proceso judicial o administrativo, debe invocar la lesión a sus derechos fundamentales y expresar: ‘Por una parte, qué pruebas (señalando concretamente) fueron valoradas apartándose de los marcos legales de razonabilidad y equidad previsibles para decidir; o, cuáles no fueron recibidas, o habiéndolo sido, no fueron producidas o compulsadas
    • Fragmento 15
    • III.3.  A
    • CONFIRMAR

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