Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0149/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.2.
II.2. Mediante Auto de Vista 09/2019 de 30 de mayo, José Romero Soliz y Gregorio Orosco Itamari, Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, determinaron la devolución al juzgado de origen de la recusación formulada, a objeto de que la Jueza recusada reasuma competencia en la causa penal; toda vez que, dicha recusación fue rechazada in límine y no correspondía elevar en consulta (fs. 4 a 5).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principios supuestamente vulnerados
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. La interpretación de la legalidad ordinaria. Presupuestos mínimos para su revisión. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR