SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0151/2020-S2

Fecha: 16-Jul-2020

Fragmento 19

           Mediante escrito presentado el 3 de septiembre del citado año, la peticionante de tutela, reiteró su reclamo ante el prenombrado Gerente General (Conclusión II.5); en consecuencia, por Nota Cite G.S.DPR 72/2018 de 17 de septiembre, el ya nombrado Gerente de Seguros, le comunicó que, en cumplimiento a la Circular G.S. STRIA. 09/2018 de 14 de agosto, emitida por la Gerencia General, la recepción de trámites de capital asegurado de muerte, se efectuaría a partir del 3 de igual mes y año, para posteriormente procederse a la revisión de la documentación y el pago de la prestación, aclarando que estaría a los resultados del “…ESTUDIO MATEMÁTICO ACTUARIAL 2016-2020…” (sic), que tiene por objeto modificar el diseño del mismo (Conclusión II.6).