Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2020-S4
Fecha: 21-Jul-2020
II.4.
II.4. A través de la Conminatoria MTEPS-VMTEPS-JRTEA/CONMIN/033/2019 de 28 de junio de 2019, la Jefa Regional de Trabajo de El Alto del departamento de La Paz, conminó a la Empresa “Plásticos Carmen S.R.L.”, representada por Maria Cecilia Delius Sensano de Álvarez, a que inmediatamente reincorpore a su fuente laboral al trabajador Leonardo Luis Huchani Casas, en el mismo puesto que ocupaba, disponiendo el pago de los sueldos devengados y cualquier otro beneficio que le corresponda hasta el día de la restitución laboral, debiendo concretarse la restitución laboral, dentro del plazo improrrogable de tres días, computables desde la notificación con esa Conminatoria (fs. 11 a 12 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6
- II
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La estabilidad laboral y el principio de ius variandi: ejercicio y límites
- el ejercicio del ius variandi será considerado ilegal, arbitrario, caprichoso y lesivo a los derechos del trabajador
- III.2. Sobre los mecanismos de protección inmediata de la estabilidad laboral
- III.3. El cumplimiento obligatorio e integral de la Conminatoria de Reincorporación Laboral
- conminatoria de reincorporación
- III.4. Análisis
- REVOCAR en parte